Texto
Éxodo
Capítulo 21
Leyes acerca de los esclavos
2»Si compras un esclavo hebreo, trabajará durante seis años, pero al séptimo año quedará libre, sin que tenga que pagar nada por su libertad.
4si su amo le da una mujer, y ella le da hijos o hijas, la mujer y los hijos serán de su amo y el esclavo se irá solo.
6entonces el amo lo llevará ante Dios, lo arrimará a la puerta o al marco de la puerta, y con un punzón le atravesará la oreja. Así será esclavo suyo para siempre.,
8Si el amo decide no tomarla por esposa, porque la muchacha no le gusta, deberá permitir que paguen su rescate; pero aunque la rechace, no podrá venderla a ningún extranjero.
10Si toma otra esposa, no deberá reducirle a la primera ni la comida, ni la ropa, ni sus derechos de esposa.
11Pero si no le da ninguna de estas tres cosas, ella quedará libre, sin tener que pagar nada por su libertad.
Leyes contra acciones violentas
13Pero si no lo hizo a propósito, sino que de Dios estaba que muriera, yo te diré después a qué lugar podrá ir a refugiarse.
14Pero al que se enoje con su prójimo y lo mate a sangre fría, lo buscarás aunque se refugie en mi altar, y lo condenarás a muerte.
16»El que secuestre a una persona, ya sea que la haya vendido o que aún la tenga en su poder, será condenado a muerte.
18»En casos de peleas, si un hombre hiere a otro de una pedrada o de un puñetazo, y lo hace caer en cama, pero no lo mata,
19el que hirió será declarado inocente solo si el herido se levanta y puede salir a la calle con ayuda de un bastón, pero tendrá que pagarle las curaciones y el tiempo perdido.
20»Si alguien golpea con un palo a su esclavo o esclava, y lo mata, deberá hacérsele pagar su crimen.
22»Si dos hombres se pelean y llegan a lastimar a una mujer embarazada, haciéndola abortar, pero sin poner en peligro su vida, el culpable deberá pagar de multa lo que el marido de la mujer exija, según la decisión de los jueces.
26»Si alguien golpea en el ojo a su esclavo o esclava, y lo deja tuerto, tendrá que darle la libertad a cambio de su ojo.
Leyes en caso de accidentes
28»Si un buey embiste a un hombre o a una mujer, y lo mata, se matará al buey a pedradas y no se comerá su carne, pero no se castigará al dueño del buey.
29Pero si el buey tenía ya la costumbre de embestir, y llega a matar a alguien, se le matará a pedradas, lo mismo que al dueño, si es que el dueño lo sabía pero no hacía caso.
30Si en vez de la pena de muerte le imponen una multa, tendrá que pagar la multa que le impongan a cambio de su vida.
32Y si el buey embiste a un esclavo o a una esclava, se matará al buey a pedradas, y al amo del esclavo o de la esclava se le darán como pago treinta monedas de plata.
34el dueño del pozo tendrá que compensar al dueño del animal por esa pérdida, pero podrá quedarse con el animal muerto.