BIBLIA CATOLICA

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Levítico

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Capítulo 27: Levítico 27


APÉNDICE


Este suplemento fija el equivalente en dinero de las personas o cosas que los israelitas podían consagrar al Señor. Así, mediante el pago de la suma correspondiente, el que había hecho esa clase de votos quedaba liberado de su obligación. En su aparente frialdad, las reglamentaciones aquí propuestas trataban de evitar las posibles especulaciones con las personas y objetos consagrados a Dios.


Los aranceles: las personas


27 1 El Señor dijo a Moisés:


2 Habla en estos términos a los israelitas:

Si alguien ofrece como voto al Señor la suma equivalente a una persona,

3 se aplicará la siguiente tasación:

Si es un varón de veinte a sesenta años, la suma será de cincuenta siclos de plata, en siclos del Santuario;

4 y si es una mujer, la suma será de treinta siclos.


5 Si la edad es de cinco a veinte años, la suma será de veinte siclos por un varón y de diez por una mujer.


6 Si la edad es de un mes a cinco años, la suma será de cinco siclos de plata por un varón y de tres por una mujer.


7 Si la edad es de sesenta años en adelante, la suma será de quince siclos por un varón y de diez por una mujer.


8 Pero si el oferente es demasiado pobre para pagar la suma establecida, se presentará al sacerdote, el cual fijará un equivalente proporcionado a los recursos del que hace el voto.


Los animales


9 Si alguien entrega un animal de los que pueden ser presentados al Señor como ofrenda, el animal ofrecido será una cosa sagrada.


10 No está permitido cambiarlo o sustituirlo por otro, ya sea bueno por malo o malo por bueno. Si alguien sustituye un animal por otro, tanto el animal ofrecido como su sustituto serán una cosa sagrada.


11 Si se trata de un animal impuro, que no puede ser presentado como ofrenda al Señor, será presentado ante el sacerdote,

12 el cual lo tasará. Sea alta o baja, se aceptará la tasación fijada por el sacerdote;

13 y si alguien quiere rescatar el animal, tendrá que añadir un quinto más a la suma establecida.


Las casas


14 Si un hombre consagra su casa al Señor, el sacerdote deberá tasarla. Sea alta o baja, se aceptará la tasación fijada por el sacerdote.


15 Y si el que consagró su casa desea rescatarla, deberá añadir un quinto a la suma en que ha sido tasada, y así volverá a ser suya.


Los campos


16 Si un hombre consagra al Señor algún terreno de su propiedad, este será tasado según la cantidad de semilla que se pueda sembrar en él: cincuenta siclos de plata por cada cuatrocientos kilos de semilla de cebada.


17 Si lo consagra en el año mismo del jubileo, se mantendrá esta tasación.


18 Pero si consagra su campo después del jubileo, el sacerdote deberá computar el precio en razón de los años que falten para el jubileo, y así se hará el descuento correspondiente.


19 Si el que consagró su campo lo quiere rescatar, tendrá que añadir un quinto a la suma en que ha sido tasado, y así volverá a ser suyo.


20 Pero si no rescata su campo y este es vendido a otro, ya no será rescatable.


21 Cuando quede libre en el año jubilar, será consagrado al Señor como si fuera un terreno interdicto, y pasará a ser propiedad del sacerdote.


22 Si alguien consagra al Señor un campo que compró, pero que no es terreno de su propiedad,

23 deberá computar el importe de su valor hasta el año del jubileo, y la persona pagará ese mismo día la suma en que ha sido tasado, como una ofrenda consagrada al Señor.


24 En el año jubilar el campo volverá al que lo vendió, o sea, al verdadero propietario de la tierra.


25 Todas las tasaciones se harán en siclos del Santuario; cada siclo equivale a veinte gueras.


El rescate de los primogénitos


26 Sin embargo, nadie podrá consagrar un primogénito de su ganado, ya que, por ser primogénito, pertenece al Señor: sea que se trate de un ternero o de un cordero, pertenecen al Señor.


27 Pero si se trata de animales impuros, podrán ser rescatados por la suma en que hayan sido tasados, añadiendo una quinta parte de su valor. Si no es rescatado, el animal será vendido por la suma establecida.


Los bienes consagrados al exterminio


28 Ninguno de los bienes que pertenecen a una persona –ya sea un hombre, un animal o un campo de su propiedad– podrá ser vendido o rescatado si ha sido consagrado al Señor por el exterminio total, todas esas cosas están exclusivamente consagradas al Señor.


29 Tampoco podrá ser liberada ninguna persona que deba ser exterminada, sino que se la hará morir.


Los diezmos


30 La décima parte de lo que produce la tierra –tanto los campos sembrados como los árboles frutales– pertenece al Señor: es una cosa consagrada al Señor.


31 Si un hombre quiere rescatar alguna parte de sus diezmos, deberá añadir un quinto de su valor.


32 La décima parte del ganado mayor o menor –o sea, uno cada diez de todos los animales que pasan bajo el cayado del pastor– será consagrada al Señor.


33 Nadie deberá seleccionar entre lo bueno y lo malo, o sustituir uno por otro. Si hace el cambio, tanto el animal ofrecido como su sustituto serán una cosa sagrada, y no se los podrá rescatar.


34 Estos son los mandamientos que el Señor dio a Moisés para los israelitas sobre la montaña del Sinaí.